Embajada de Venezuela en Chile Expone Razones por Prohibición de Ingreso de Senadores Edwards y Kast al País como Observadores

En una reciente comunicación emitida por la Embajada de Venezuela en Chile, se ha abordado la controversia en torno a la prohibición de ingreso al país de los senadores Rojo Edwards (Partido Social Cristiano) y Felipe Kast (Evópoli). La decisión de restringir su entrada como observadores en el proceso electoral presidencial venezolano ha generado un notable revuelo, y la embajada ha salido al paso con una explicación detallada.

En su comunicado, la Embajada sostiene que no se realizó una invitación formal a los senadores por parte de ninguna organización política legalmente registrada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela. Este aspecto es crucial para la acreditación de observadores y acompañantes en procesos electorales. Según el protocolo establecido, cualquier persona que desee participar como veedor en un proceso electoral venezolano debe recibir una invitación oficial de una entidad política reconocida por el CNE, un organismo autónomo que no está vinculado al Poder Ejecutivo.

El comunicado explica detalladamente el proceso de acreditación, que incluye la necesidad de una invitación formal y el subsecuente otorgamiento de una visa de cortesía electrónica por parte de la Cancillería. “Para asistir como veedor o acompañante en los procesos electorales, es imprescindible contar con una invitación formal de una organización política que esté legalmente reconocida ante el CNE”, detalla el texto. “El CNE procede a otorgar la acreditación al invitado, lo cual genera la necesidad de una visa de cortesía electrónica. Lamentablemente, ninguno de estos requisitos legales fue cumplido por los senadores Edwards y Kast”, añaden desde la embajada.

La embajada también enfatiza que las elecciones en Venezuela son consideradas un acto de Estado, lo que implica que el simple hecho de poseer un pasaporte diplomático no es suficiente para ingresar y actuar como observador o acompañante. La acreditación oficial y la visa son requisitos esenciales que deben ser gestionados adecuadamente.

En su declaración, la embajada subraya que no se recibió ninguna solicitud formal de los senadores ni de ninguna institución relacionada, a pesar de que se procesaron más de veinte solicitudes que cumplieron con los requisitos necesarios y resultaron en la concesión de visas. Este hecho pone en evidencia la falta de cumplimiento por parte de los senadores de los procedimientos establecidos para su acreditación.

Finalmente, la embajada resalta que, como un acto de cortesía diplomática, la Embajada de Chile en Venezuela fue notificada con anticipación sobre la inadmisibilidad de la solicitud de los senadores debido al incumplimiento de los requisitos legales mencionados. Esta notificación se realizó para asegurar la transparencia y la claridad en el proceso.

Este comunicado de la Embajada de Venezuela en Chile aclara las razones detrás de la decisión de no permitir el ingreso de los senadores Edwards y Kast como observadores, subrayando la importancia de seguir los procedimientos legales y las normativas establecidas para la participación en los procesos electorales internacionales.