En un fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán ha condenado a Luis Bernardino Sepúlveda Salas a penas de cumplimiento efectivo por un total de más de 13 años de prisión. La sentencia incluye 10 años y un día por el delito de homicidio simple y 3 años y un día por porte ilegal de arma de fuego, ilícitos perpetrados en noviembre de 2020.
La decisión judicial, registrada en la causa rol 57-2024, fue emitida por un tribunal compuesto por los jueces Olga Fuentes (presidenta), Raúl Romero y Ricardo Piña (redactor). El tribunal estableció, más allá de toda duda razonable, que Sepúlveda Salas fue responsable de disparar contra Yohua Estefano Navarrete Navarrete el 2 de noviembre de 2020. Según los hechos acreditados, alrededor de las 23 horas de ese día, Sepúlveda Salas, acompañado de Catalina Baeza Navarrete, se desplazaba en un vehículo cuando disparó con un arma de fuego, impactando a la víctima en el tórax y abdomen. Navarrete Navarrete falleció posteriormente en el Hospital de Chillán debido a las heridas.
El tribunal también corroboró que Sepúlveda Salas no poseía permiso para portar o tener el arma de fuego utilizada en el crimen, lo que agrava aún más su situación legal.
Además de la condena a prisión, el tribunal ordenó que, una vez el fallo sea ejecutoriado, se proceda a la toma de muestras biológicas del condenado. Estas muestras servirán para determinar su huella genética, que será incorporada en el registro nacional de ADN de condenados, como parte de las medidas adicionales impuestas por la justicia.
La sentencia subraya el compromiso del sistema judicial con la aplicación estricta de la ley en casos de violencia y uso ilegal de armas, asegurando que los responsables de tales actos enfrenten las consecuencias de sus acciones. La condena a Luis Bernardino Sepúlveda Salas es un claro mensaje de que el porte y uso ilegal de armas de fuego, junto con la comisión de delitos graves como el homicidio, no quedarán impunes en la Región del Biobío.